Lineamiento para la Movilidad Estudiantil – TecNM | Tecnológico Nacional de México Campus Ciudad Guzmán

Lineamiento para la Movilidad Estudiantil


PROPÓSITO

Establecer y aplicar la normativa, los mecanismos y las actividades necesarias para la
movilidad estudiantil, que permita fortalecer la formación integral del estudiante,
aprovechando la infraestructura y los recursos de las Instituciones de Educación Superior
receptoras incluyendo Instituciones Extranjeras, para desarrollar una visión globalizadora.
El presente lineamiento tiene como finalidad establecer los mecanismos para validar las
asignaturas y las actividades académicas cursadas en una Institución de Educación
Superior distinta a la que se encuentra inscrito el estudiante.

GENERALIDADES DE LA MOVILIDAD ESTUDIANTIL

  • El estudiante en movilidad debe quedar inscrito en el Tecnológico de origen y cursar
    asignaturas o actividades académicas en otra IES nacional incluidos las Instituciones
    adscritas al TecNM o IES extranjeras, previo convenio de colaboración.
  • El estudiante puede cursar un máximo de tres semestres en movilidad, sean
    consecutivos o alternos.
  • Utilizar el Espacio Común de Educación Superior Tecnológica (ECEST) para
    fomentar la cooperación y el intercambio académico, que fortalezca la educación
    superior.
  • Aprovechar la oferta educativa e infraestructura de otras IES diferentes a la de
    procedencia que fortalezca al estudiante en su formación profesional.
  • Facilitar el acceso a la educación nacional e internacional, sin perder su vigencia
    como estudiante de su institución de procedencia y debiendo concluir su plan de
    estudios en la misma.
  • Aportar a su institución y localidad las experiencias adquiridas durante su estancia
    en otras IES.
  • Realizar cursos de verano, especialidad, residencia profesional, veranos de
    investigación, entre otros, dentro o fuera de las Instituciones adscritas al TecNM, de
    conformidad con lo que se señala en el lineamiento correspondiente.
  • Se puede realizar movilidad indistintamente de la modalidad escolarizada, No
    escolarizada a distancia o mixta.

PROCEDIMIENTO

  • La División de Estudios Profesionales, establece el calendario de movilidad
    estudiantil.
  • La División de Estudios Profesionales, elabora y difunde las convocatorias de
    movilidad estudiantil.
  • La Subdirección Académica gestiona y planifica recursos para apoyar a estudiantes
    en movilidad.
  • El estudiante debe entregar el formato de solicitud de movilidad, asignaturas y
    programas correspondientes, (si son de una IES extranjera, deberán estar traducidos
    al español), actividades académicas e información necesaria de la IES donde solicita
    la movilidad, en la División de Estudios Profesionales o su equivalente en los
    Institutos Tecnológicos Descentralizados (Anexo IX).
  • La División de Estudios Profesionales verifica que el estudiante que solicita movilidad
    cumpla con lo siguiente:
    1. Que las asignaturas que sean solicitadas tengan cubiertos los requisitos
      establecidos en la convocatoria.
    2. No tener más de una asignatura en curso de repetición, a excepción de
      aquellos estudiantes que participan en cursos de verano.
    3. Haber cursado al menos el 50% de créditos de su plan de estudios a
      excepción de aquellos estudiantes que participan en cursos de verano.
    4. No tener adeudos (material de laboratorios, libros, etc.) con la institución.Que el período de movilidad del estudiante no exceda el período de tres
      semestres alternados o consecutivos.
  • La academia debe realizar el análisis académico (equivalencia o revalidación) de las
    asignaturas que le solicite el Departamento Académico a petición de la División de
    Estudios Profesionales.
  • El Departamento de Servicios Escolares o su equivalente en los Institutos
    Tecnológicos Descentralizados:
    1. Revisa la situación migratoria de estudiantes extranjeros que solicitan
      movilidad.
    2. Emite el oficio de solicitud de no inconveniencia (Anexo XI) a la institución
      receptora tomando como base el dictamen de compatibilidad que elaboró la
      División de Estudios Profesionales.
  • De cumplirse todos los requisitos y haber obtenido la aceptación, la División de
    Estudios Profesionales informa al estudiante que fue aceptado y el estudiante debe
    de estar en constante comunicación con su coordinador de origen.

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