Lineamiento para la Convalidación de Estudios


PRÓPOSITO

Establecer la normativa para la convalidación de asignaturas otorgadas en las Instituciones
adscritas al TecNM de un plan de estudios a otro realizando una correspondencia parcial o
total en contenidos y cantidad de créditos por asignatura.

GENERALIDADES

  • En caso de cambio de carrera, aplica el presente lineamiento, permitiendo al
    estudiante reorientar en forma vocacional sus estudios a un perfil profesional afín a
    sus habilidades y aptitudes, conservando su número de control.
  • Al estudiante en convalidación se le recalcula el semestre al que se inscribe de
    acuerdo a las asignaturas convalidadas y para facilitar el seguimiento de los
    estudiantes en esta situación, se le antepone la letra “C” al número de control.
  • El estudiante sólo tiene derecho a convalidar plan de estudios en una sola ocasión,
    bajo la condición que pueda concluir dicho plan de estudios dentro de los 12
    semestres reglamentarios.
  • Cada Instituto determina en cuales de sus planes de estudio tiene capacidad para
    aceptar estudiantes en convalidación.
  • Para el estudiante interesado en cursar una segunda carrera, se debe realizar un
    análisis académico, con todas y cada una de las asignaturas que su certificado de la
    primera carrera ampare.
  • Sólo son convalidadas las asignaturas que se encuentren acreditadas.
  • En el caso de que el estudiante realice un traslado y requiera de una convalidación,
    debe cumplir con lo establecido en ambos lineamientos vigentes.

PROCEDIMIENTO

  • El estudiante interesado debe presentar ante el coordinador de origen al menos 30
    días hábiles antes de iniciar el siguiente semestre, los siguientes documentos:
    1. La solicitud de convalidación de estudios (Anexo V).
    2. Kárdex o certificado parcial con calificaciones que emite servicios escolares.
    3. Haber presentado ante el Departamento de Desarrollo Académico el test
      para la evaluación de las habilidades, destrezas, actitudes e interés
      profesional de su perfil vocacional.
  • La autorización de la convalidación de estudios queda condicionada con la capacidad
    del Instituto para el plan de estudios solicitado.
  • De cumplirse todos los requisitos y haber obtenido la aceptación, la División de
    Estudios Profesionales informa al estudiante que fue aceptado y que puede proceder
    su convalidación al plan de estudios receptor.
  • El estudiante debe de comunicarse con el coordinador receptor una vez que haya
    sido notificado sobre su aceptación.
  • La División de Estudios Profesionales, solicita a la academia correspondiente realizar
    el análisis académico, requisitando el Anexo VI.
  • La División de Estudios Profesionales, elabora el Dictamen Técnico de convalidación
    de estudios y notifica el resultado al Departamento de Servicios Escolares, de
    acuerdo con el Anexo VII.

LEER LINEAMIENTO DE CONVALIDACIÓN